Defensa frente a la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es el órgano de control de la legislación laboral, de Seguridad Social, prevención de riesgos y empleo. Sus actuaciones pueden generar sanciones económicas significativas, recargos de cotización, devolución de bonificaciones e incluso suspensión de actividad.
En Zamora Abogados Laboralistas asesoramos a empresas durante todo el ciclo inspector: preventivo (auditorías de cumplimiento previas), asistencia durante la visita, defensa en el expediente sancionador y recursos administrativos y contenciosos.
Las facultades de los inspectores
El artículo 13 de la Ley 23/2015 reguladora del Sistema de Inspección de Trabajo otorga a los inspectores potestades amplias:
- Entrada libre y sin previo aviso en cualquier centro de trabajo
- Acceso a documentación laboral, contable y fiscal con relevancia laboral
- Toma de muestras y mediciones (especialmente en PRL)
- Interrogatorio a empleados y empresarios
- Requerimientos de subsanación
- Adopción de medidas cautelares (paralización de trabajos por riesgo grave)
Las materias más inspeccionadas
| Materia | Foco actual de la ITSS |
|---|---|
| Contratación temporal | Fraude en cadena de contratos, contratos formativos |
| Tiempo de trabajo | Registro horario, horas extras no declaradas |
| Falsos autónomos | Plataformas digitales, tecnológicas, repartidores |
| Prevención de riesgos | Evaluación de riesgos psicosociales, accidentes |
| Igualdad | Planes de igualdad obligatorios, registro retributivo |
| Seguridad Social | Cotización por bases reales, descubiertos |
| Acoso laboral | Protocolos, denuncias, ambientes de trabajo |
Durante la visita inspectora
Cuando la Inspección visita una empresa, las primeras horas son determinantes. Recomendaciones esenciales:
- Identificar al inspector: credencial, código, materia objeto de visita
- Permitir el acceso sin obstrucción: la negativa puede constituir infracción independiente
- Documentación: aportar lo solicitado en plazo razonable, no más
- Interrogatorios: los empleados pueden negarse a contestar preguntas que no se refieran a hechos objetivos del trabajo
- Acta de declaración: revisar antes de firmar; se puede consignar "no conforme" con observaciones
- Llamar a un abogado laboralista en cuanto sea posible
No ofrecer información no solicitada. No entregar documentos no requeridos. No firmar declaraciones sin leer ni contrastar. No negar el acceso (es infracción autónoma). No instruir a los empleados antes de las preguntas (puede agravar la sanción).
El acta de infracción
Si el inspector aprecia incumplimientos, levanta acta de infracción. El acta tiene presunción de veracidad respecto a los hechos directamente comprobados por el inspector, lo que invierte la carga probatoria. La empresa dispone de 15 días hábiles para presentar alegaciones contra el acta, antes de que se dicte resolución sancionadora.
Estas alegaciones son críticas: marcan toda la estrategia de defensa posterior. Una buena estrategia de alegaciones puede:
- Conseguir el archivo del expediente
- Reducir la calificación de muy grave a grave o de grave a leve
- Aplicar atenuantes que reduzcan significativamente la cuantía
- Forzar la apertura de prueba en sede administrativa
Cuantía de las sanciones
| Grado | Mínimo | Medio | Máximo |
|---|---|---|---|
| Leves | 70€ | 301€ | 610€ |
| Graves | 751€ | 2.001€ | 5.001€ |
| Muy graves | 7.501€ | 30.001€ | 120.006€ |
Algunas infracciones específicas tienen cuantías superiores: las relativas a planes de igualdad pueden llegar a 225.018€, las muy graves en PRL hasta 983.736€, y las cesiones ilegales de mano de obra hasta 187.515€.
Recursos disponibles
Alegaciones al acta
Plazo de 15 días hábiles desde la notificación del acta de infracción. Se presentan ante el órgano que tramita el expediente sancionador.
Recurso de alzada
Contra la resolución sancionadora cabe recurso de alzada en el plazo de 1 mes ante el órgano superior jerárquico.
Recurso contencioso-administrativo
Tras la resolución del recurso de alzada, cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
Asesoramiento preventivo
La mejor defensa frente a la Inspección es la prevención. Auditamos el cumplimiento laboral de la empresa con especial atención a las áreas de riesgo:
- Auditoría de contratación temporal y formación
- Revisión del sistema de registro horario
- Análisis de externalizaciones y posible cesión ilegal
- Verificación de plan de igualdad y registro retributivo
- Cumplimiento de protocolos de acoso
- Revisión de cotizaciones y bases